De acuerdo con la ley vigente sobre el Transplante de Órganos y Materiales Anatómicos en Seres Humanos, la donación de éstos se realiza sólo cuando, en vida, el futuro donante manifieste su voluntad de transplantar sus órganos o si los familiares de éste, una vez muerto, expresan su consentimiento por escrito.
El instrumento legal plantea la posibilidad que quien no desee ceder sus órganos a un tercero, pueda plasmarlo en un documento.
En el proyecto de Ley del Sistema Público Nacional de Salud que adelanta la AN desde el año 2010, se propone el concepto de donación presunta, según el cual se supone la voluntad de que al morir cualquier ciudadano venezolano, éste será donante potencial de órganos, a menos que en vida haya expresado su deseo de no serlo.
doc james
ResponderEliminarHola, mi nombre es Dr. James Henry del Hospital Docente de la Universidad de Benin, soy un especialista en cirugía de órganos y compra de órganos humanos que quieren vender, y estamos ubicados en Nigeria, EE. UU. Y Malasia, pero nuestro la oficina central está en Nigeria. ¿Está interesado en vender su riñón o vender alguna parte de su órgano corporal? Contáctenos para obtener más información. Contáctenos a través de
Correo electrónico: jameshenryhome@gmail.com
whatsapp: +2348110133466
Esperando escuchar de tí.
Salud,
Dr. james
CEO
UNIVERSIDAD DE BENIN HOSPITAL DE ENSEÑANZA.
doc james
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